Ley N° 32721: Un Nuevo Estándar de Protección para los Trabajadores que Laboran de Pie
La Ley N.° 32721 – Ley que garantiza el derecho al descanso sentado y alternancia de la postura en los centros de trabajo, publicada el 08 de julio de 2026, incorpora en la legislación laboral peruana el derecho al descanso sentado y a la alternancia de la postura para los trabajadores que realizan labores de pie durante periodos prolongados.
La norma busca prevenir riesgos ergonómicos, reducir la fatiga y proteger la salud de los trabajadores mediante la implementación de medidas que permitan alternar entre la posición de pie y sentada durante la jornada laboral.
¿A quiénes aplica la Ley N.° 32721?
La ley resulta aplicable a centros de trabajo públicos y privados donde los trabajadores permanezcan de pie por períodos continuos iguales o superiores a tres horas durante la jornada laboral.
Entre las principales obligaciones para los empleadores destacan:
Proporcionar asientos o sillas ergonómicas que permitan alternar la postura de trabajo.
Garantizar períodos de descanso sentado sin afectar la remuneración del trabajador.
Incorporar estas medidas en la gestión de seguridad y salud en el trabajo y en la documentación interna correspondiente.
Asimismo, la norma permite que las empresas implementen sistemas compartidos o rotativos de sillas, siempre que se garantice efectivamente el acceso al descanso sentado para los trabajadores.
Principales aspectos positivos de la ley
1. Fortalece la protección de la salud ocupacional Reduce los riesgos ergonómicos derivados de largas jornadas de pie.
2. Promueve condiciones de trabajo más dignas y humanas Se alinea con estándares modernos de seguridad y salud en el trabajo.
3. Contribuye a la prevención de enfermedades ocupacionales Esto puede reducir el ausentismo laboral.
4. Impulsa una cultura preventiva Refuerza la importancia de la prevención dentro de las organizaciones.
5. Favorece la productividad La disminución de la fatiga física de los trabajadores puede contribuir a un mejor desempeño durante la jornada laboral.
¿Qué desafíos plantea para las empresas?
No obstante, la aplicación de la norma también plantea desafíos como:
1. Incremento de costos de implementación Especialmente para pequeñas y medianas empresas.
2. Adecuaciones operativas y logísticas Determinados sectores donde las labores se realizan tradicionalmente de pie deberán adaptar sus espacios y procesos.
3. Posibles criterios de interpretación distintos La ley requiere lineamientos técnicos más específicos sobre la frecuencia y duración de los descansos.
4. Mayor fiscalización laboral Los empleadores que no adopten oportunamente las medidas exigidas podrían enfrentar contingencias administrativas.
Un nuevo estándar de prevención laboral
En conclusión, la Ley N.° 32721 representa un avance importante en materia de seguridad y salud en el trabajo al reconocer expresamente la necesidad de alternar la postura durante la jornada laboral.
Sin embargo, su éxito dependerá de una adecuada reglamentación y de la capacidad de las empresas para implementar medidas razonables que concilien la protección de la salud de los trabajadores con las necesidades operativas de cada actividad económica.
En términos generales, se trata de una norma positiva que moderniza la gestión de riesgos ergonómicos en el Perú y refuerza el deber de prevención que corresponde a todo empleador.

